¿Por qué se creó la AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURIDICA DEL ESTADO - ANDJE?

La ANDJE se creó con el fin de liderar la defensa jurídica del Estado en procura de la protección efectiva de los intereses litigiosos de la Nación, en las actuaciones judiciales de las entidades públicas, con el fin reducir la responsabilidad patrimonial y diseñar las estrategias, planes y acciones dirigidos a dar cumplimiento a las políticas de defensa jurídica de la Nación y del Estado definidas por el Gobierno Nacional.

¿Cuándo fue creada?

Mediante la Ley 1444 de 2011, se creó la Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, como una entidad descentralizada del orden nacional que forma parte de la Rama Ejecutiva, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho

¿Cuáles son las principales funciones de la ANDJE?

1. Formular políticas públicas de prevención del daño antijurídico

2. Diseñar y proponer estrategias, planes y acciones de resolución de conflictos y participación en procesos judiciales.

3. Coordinar la defensa jurídica del Estado.

4. Desarrollar, implementar y administrar el sistema Único de Gestión de Información.

5. Poder para intervenir y participar en las conciliaciones, en el Trámite Arbitral y de amigable Composición.

6. Asesorar los procesos de defensa judicial de los municipios de 4ª, 5ª y 6ª categorías.

¿Dónde está ubicada la ANDJE?

Está ubicada en la carrera 7ª No. 75-66, pisos 2 y 3 en la Ciudad de Bogotá. Única sede

¿Qué es el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado?

En términos generales es el sistema único de recaudo y administración de la información relacionada con la actividad litigiosa, interna e internacional, del Estado el cual es utilizado y alimentado por todas las entidades y órganos estatales del orden nacional cualquiera que sea su naturaleza jurídica. De conformidad con el Artículo 3 del Decreto 1795 de 2007, es obligación de los apoderados de las entidades públicas que actúan dentro de cada proceso judicial, o que la representen dentro de un trámite conciliatorio, reportar, registrar y actualizar de manera oportuna la información de los procesos judiciales y de las conciliaciones a su cargo.