6. ¿Ante quién debe presentarse la solicitud de conciliación extrajudicial?
Respuesta: De acuerdo con el artículo 101 de la Ley 2220 de 2022 la petición de convocatoria de conciliación extrajudicial, podrá presentarse en forma individual o conjunta, física o electrónica, ante el agente del Ministerio Público. La solicitud debe ir acompañada de constancia de que a la convocada le fue enviada copia íntegra de la petición de convocatoria de conciliación al buzón electrónico de notificaciones judiciales, constancia de que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado recibió copia íntegra de la petición de convocatoria de conciliación, si una de las partes es entidad pública del orden nacional, certificado de existencia y representación legal de las partes cuando los intervinientes son personas naturales o jurídicas de derecho privado y están obligadas al mismo de acuerdo con su actividad y poder para actuar.
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