"La jurisprudencia del Consejo de Estado ha señalado que la fórmula que debe utilizarse para la indexación de los valores reconocidos es la siguiente:
Valor Indexado = Suma por Indexar (IPC Final / IPC Inicial)
Donde:
- La suma por indexar corresponde al valor que debe ser actualizado, conforme a lo ordenado en la sentencia.
- El IPC Final corresponde a la fecha de la providencia.
- El IPC Inicial corresponde a la fecha en la que debió hacerse el pago."